La Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta de Ecuador, entró en vigor desde enero de 2023 y se ha ampliado el plazo para su implementación hasta el 30 de julio del año 2025.
Esta normativa es un incentivo que busca identificar, reconocer y posicionar públicamente a aquellas empresas que han desarrollado buenas prácticas para la generación o el sostenimiento del empleo femenino. Sin embargo, es obligatoria para empleadores con 50 o más trabajadores, que deben presentar un Plan de Igualdad al Ministerio de Trabajo para determinar cuáles son los aspectos que debe considerar con el fin de alcanzar esa equidad de trato y oportunidades entre hombres y mujeres.
En particular la Ley dispone que se deben cumplir ciertas obligaciones en materia laboral, como, por ejemplo:
- Licencia de Maternidad: Las trabajadoras pueden optar por una licencia exclusiva o compartida con el padre.
- Preguntas Discriminatorias: Está prohibido realizar preguntas discriminatorias o exigir documentos no relacionados con las competencias del postulante.
- Periodo de Maternidad: Durante los 12 meses de postparto, la jornada laboral será de 6 horas y puede ser compartida con el padre, previa notificación de la trabajadora.
- Pasantías: Las empresas deben incluir un 0.5% adicional de mujeres en las pasantías para cumplir con los porcentajes mínimos.
- Los Directorios que cuenten con 3 o más miembros, deben tener en cuenta que, por cada 3 miembros uno de ellos debe ser del género femenino.
Por otra parte, se establecen beneficios a nivel tributario, y de seguridad social a quienes apliquen la normativa como son:
- Las empresas y personas naturales podrán deducir hasta 140% adicional del pago al impuesto a la renta (IR) por la contratación de
mujeres en su equipo de trabajo. - Si las nuevas plazas alcanzan entre 10 y 25% de la nómina total, el beneficio aplicará por 12 meses.
- Entre 25,01% y 50% de la nómina, el beneficio se ampliará a 24 meses.
- Si las nuevas contrataciones de mujeres superan 50% de la nómina, las deducciones se extenderán a 36 meses.
- Terminación Laboral: Los incentivos tributarios que la empresa tenga se mantendrán si una nueva trabajadora ocupa la plaza, con condiciones salariales y contractuales iguales.
Las empresas y personas naturales que creen nuevas plazas de trabajo para mujeres, recibirán una deducción adicional de hasta el 140% en gastos que correspondan a remuneraciones, beneficios sociales y aportes al IESS. Este beneficio de aplicará en función del tiempo de permanencia de la colaboradora.
El Ministerio del Trabajo y la Superintendencia de compañías deberán velar por el cumplimiento de esta normativa y están facultados para realizar inspecciones. El incumplimiento de esta normativa, será sancionada hasta con 20 SBU (a la fecha US$ 9.200,00) por lo que se recomienda que todas las empresas con 50 o más trabajadores realicen un diagnóstico de su situación, elaboren su Plan de Igualdad e instrumenten los mecanismos más apropiados para ir ajustando sus estructuras empresariales a esas obligaciones.
Maria Jose Urbano
ABREU & ASOCIADOS